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Música Litúrgica
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Orientaciones Pastorales sobre Música Sagrada

Números 30 - 40


4. LOS INSTRUMENTOS
 
30. La finalidad del uso de instrumentos es la de apoyar y estimular el canto de los fieles, facilitar la participación y hacer más profunda la unidad de la asamblea. Habrá que evitar los que no se adapten a este fin y que más bien estorban para crear un clima de oración. Un mal uso es cuando el sonido de los instrumentos cubre las voces y dificulta por ello la comprensión del texto. No se excluye que, en determinados momentos de las celebraciones, puedan tocarse solos y acentuar así un ambiente de oración y de fe.
 
31. Todo instrumento (también el coro) debe callar cuando el Sacerdote o un ministro pronuncian en voz alta un texto que les corresponda por función propia. Esto habrá que observarlo sobre todo en el momento de la Plegaria eucarística.
 
32. El reconocimiento del órgano como el instrumento musical más apropiado para el uso litúrgico no está basado en motivos sentimentales sino técnicos. Este instrumento es el único que puede proporcionar una estructura amónica completa, pues posee una versatilidad de volumen capaz de acompañar a una sola persona o a una gran asamblea de pueblo que canta, y todo ello con un solo ejecutante. Pero, con todo, habrá que tener muy en cuenta el modo de usarlo, evitando un volumen desproporcionado y formas características de la música profana.
 
33. Lo mismo habrá que decir de todos los demás tipos de instrumentos que pueden ser usados en la liturgia, teniendo en cuenta la aceptación popular y que sirvan realmente a la celebración sin distraer de sus fines.
 
34. Cuando se trata de conjuntos musicales que suelen acompañar música popular como el "mariachi", habrá que tener muy en cuenta la sensibilidad religiosa del pueblo, para ver su conveniencia.
 
35. El uso de los medios electrónicos, como discos o cintas grabadas, para suplir el canto del pueblo, del coro o de los ministros, o de los músicos acompañantes, está totalmente excluido de los actos litúrgicos. Se tolerará en lugares desprovistos por completo de elementos inmediatos musicales y sólo para sostener el canto del pueblo o del coro, pero nunca en forma independiente, ya que el cantar o acompañar el canto con un instrumento es un ministerio litúrgico vivo, que no puede ser ejercido por un aparato o recurso artificial. Se podrá emplear antes de las celebraciones para fines de ensayo o ambientación.
 
5. LOS CANTORALES
 
36. Hay ya, para el uso de las comunidades, un buen número de cantorales. Su servicio es importante y lo reconocemos. Pero pedimos que las fallas que vamos a comentar sean corregidas y esto sea tenido en cuenta por los que publiquen nuevos cantorales.
 
37. Habrá que distinguir muy claramente los cantos verdaderamente litúrgicos de los otros que, teniendo un tema religioso, son útiles para otro tipo de reuniones.
 
38. En los cantos litúrgicos habrá que tener un respeto absoluto a los textos, especialmente a los bíblicos, y a otros de antiquísima tradición, como el Gloria.
 
39. Los Salmos y cánticos bíblicos deberán ser claramente destacados como tales, con su nombre y cita.
 
40. No se deben presentar como supletorios del salmo responsorial los llamados "cantos de meditación", aptos para otras ocasiones, pero de ninguna manera para la celebración eucarística.
 
 
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